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Consideraciones Legales
Lía avatar
Escrito por Lía
Actualizado hace más de 9 meses

El trabajador percibirá sus beneficios sociales “truncos” es decir aquellos beneficios que se han generado pero que no cumplen con la característica de pagarse en la fecha que la ley establece, sino que son pagados antes (Gratificación trunca, Vacaciones truncas, Compensación por Tiempo de Servicios trunca) y cuyos importes se detallarán en la liquidación de beneficios sociales (LBS).

  • El trabajador debe encontrarse registrado en la planilla.

  • Al menos se debe tener un mes de vínculo laboral.

  • Se debe tener una jornada mínima de 4 horas diarias en promedios para el cálculo de la CTS.

  • Deberán abonarse dentro de las 48 horas posteriores al término del vínculo laboral para pagar la liquidación de beneficios sociales.

Conceptos que se consideran en el cálculo de una LBS

Conceptos Remunerativos

  • Sueldo Base

  • Asignación Familiar

  • Promedio de las remuneraciones complementarias en los últimos 6 meses (horas extras, sobretasas por trabajar en feriados o domingos), para ello deben de cumplir con el principio de regularidad (recibirla un mínimo de 3 veces en el semestre)

Conceptos que NO se consideran en el cálculo de una LBS

De acuerdo con el artículo 19 del Decreto Supremo 001-97-TR, existen montos que no entraran al cálculo de los beneficios sociales como por ejemplo las bonificaciones o gratificaciones extraordinarias o las condiciones de trabajo.

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